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La verdad es que todo depende del lugar en el que tengas registrada tu actividad profesional. En caso de que fuera el Reino Unido, tendrías que emitir una factura más bien parecida a las que se emiten por allí, ya que la declararás ante los órganos tributarios de allí.
En España las facturas se ven de la siguiente manera:
mi nombre y apellido mi domicilio fiscal mi NIF
número de la factura (todas las facturas emitidas ... See more
Hola,
La verdad es que todo depende del lugar en el que tengas registrada tu actividad profesional. En caso de que fuera el Reino Unido, tendrías que emitir una factura más bien parecida a las que se emiten por allí, ya que la declararás ante los órganos tributarios de allí.
En España las facturas se ven de la siguiente manera:
mi nombre y apellido mi domicilio fiscal mi NIF
número de la factura (todas las facturas emitidas deben ser numeradas) fecha de la emisión de la factura
datos del cliente (Nombre y apellido o razón social, dirección, teléfono,NIF/CIF; en ocasiones el cliente desea que se incluya p.ej. el nombre del Project Manager)
datos del encargo (traducción, interpretación, revisión...; números de referencia o de purchase order emitida por el cliente; nombre del archivo, etc.) número de palabras o horas precio aplicado (X eur/palabra o x eur/hora, etc.)
base imponible (suma de precios de lo arriba descrito)
[Si emites facturas para España (península): + IVA (los servicios de traducción e interpretación se gravan con 16% de IVA) - IRPF (-7% en el año del primer ejercicio como autónoma y en 2 años fiscales siguientes ó -15% en los años restantes; puedes aplicar -15% desde principio, si lo deseas).]
Total (base imponible + IVA - IRPF)
Modalidad de pago (p.ej. ingreso a cuenta bancaria número XXX)
---------
Ahora, el importe del IVA o de IRPF varía, de modo que:
Si el cliente es empresa/autónomo español (península + Baleares): + 16% de IVA - 7% ó 15 % de IRPF
Si el cliente es un particular español (península + Baleares): + 16% de IVA - 0% de IRPF
Si el cliente es empresa/autónomo español (Canarias): + 0% IVA - 7% ó 15% de IRPF
Si el cliente es un particular español (Canarias): + 0% IVA - 0% de IRPF
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Emma Goldsmith Spain Local time: 00:24 Member (2004) Spanish to English
18% iva en julio
Feb 12, 2010
ADemás de los comentarios de Monika, tengo entendido que en España el IVA va a subir al 18% a partir de julio 2010, así que ojo con las facturas para entonces.
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Emma Goldsmith wrote: ADemás de los comentarios de Monika, tengo entendido que en España el IVA va a subir al 18% a partir de julio 2010, así que ojo con las facturas para entonces.
Qué desastre. ¡Llega la economía sumergida!
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